Política Criminal en Venezuela
Fundamerced
Caracas, 22 de Mayo de 2016
Recientemente fue inaugurada la Dirección de Política
Criminal del Ministerio Público. Este es el boletín de prensa, al cual se puede
acceder desde la siguiente dirección electrónica: http://avn.info.ve/node/353522
Caracas, 03 May. AVN.- La nueva Dirección de Política Criminal del Ministerio Público (MP) dará importantes aportes a la seguridad ciudadana y a la celeridad procesal y, en consecuencia, optimizará la marcha del sistema de justicia penal y fomentará la credibilidad y la confianza de la colectividad en los cuerpos de seguridad, sostuvo este martes la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz.En rueda de prensa, tras la inauguración de la nueva instancia en Caracas, la fiscal explicó que esta dependencia estará presidida por Rafael González, quien cuenta con amplia trayectoria en el sistema de la justicia penal. Agregó que el funcionario dirigirá un equipo de profesionales que trabajarán en función de elaborar una propuesta integral al Estado para contrarrestar el accionar de las bandas delictivas y para ello recurrirán a insumos y estadísticas de las instancias vinculadas con el área, así como de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y demás entes del sistema de justicia penal."Somos el único organismo del país que cuenta con una dependencia especializada para realizar estudios, diagnósticos y recomendaciones en materia de política criminal que sirvan para mantener la armonía y la tranquilidad de los ciudadanos", dijo.Ortega Díaz reiteró su llamado al desarme de la población y consideró que la tenencia de las armas debe estar controlada por el Estado con el fin de evitar incitaciones a la violencia, así como resaltó la importancia de promover valores del buen vivir para garantizar la paz.
A tal respecto hemos de señalar que en Venezuela existe
desde el año 1951 un ente público cuya misión es ocuparse de la política criminal,
cuándo por Decreto Nº 323 de fecha 19-10-1951 fue creada la Comisión de
Prevención de la Delincuencia. Esta
Comisión tenía como objetivo “…investigar las causas de la criminalidad de las
distintas regiones del país, y proponer al Ejecutivo Federal las medidas
adecuadas para contrarrestarla.” Era ésta una época caracterizada políticamente
por la represión política, la segregación de los disidentes políticos –tildados
como “comunistas”- en centros de reclusión alejados de los grandes centros
urbanos –como la Isla Guasina, en el curso final del río Orinoco, en Delta
Amacuro, o la Isla del Burro, en el Lago de Valencia- pocos meses antes de la
asunción al poder del General Pérez Jiménez.
Conforme al decreto que la creó, esa Comisión de
Prevención de la Delincuencia estaba conformada así:
► Directores de Política y Seguridad Nacional, en representación del Ministerio de Relaciones Interiores
► Directores de Renta Interna y Aduanas, en representación del Ministerio de Hacienda► Comandante de las Fuerzas Armadas de Cooperación (actual Guardia Nacional Bolivariana), en representación del Ministerio de la Defensa
► Director de Educación Primaria y Normal, en representación del Ministerio de Educación
► Jefe de la División de Higiene Mental y el Presidente del Consejo Venezolano del Niño (actual INAM, en proceso de desaparición jurídica), en representación del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social
► Directores de Justicia y Prisiones, en representación del Ministerio de Justicia.
Esta Comisión de Prevención de la Delincuencia fue
reemplazada mediante Decreto Nº 241 de fecha 11-02-1970, durante la primera presidencia
de Rafael Caldera, por la Dirección de Prevención del Delito, actualmente
existente, adscrita al Ministerio de Justicia, integrada exclusivamente por personal ministerial, sin participación de otros entes ni públicos ni privados.
Desde ese entonces, más de sesenta años luego, la
política criminal en Venezuela se ha caracterizado por la aplicación discontinua
de programas aislados y carentes de un marco o plan de acción que los unifique
y confiera al menos coherencia conceptual y metodológica respecto a una norma
rectora que los oriente hacia un fin específico y que ha provocado más bién un
incremento del auge delictivo debido a que las soluciones aportadas para
abordar y hacer frente al fenómeno criminal son coyunturales y no estructurales,
y de allí que en vez de prevenir las causas de la criminalidad y brindar tratamiento resocializador a quienes
delinquen, impone medidas represivas que afectan más a quienes no delinquen,
qué sería la población en general, o ciudadanía.
Entonces, es falso que en Venezuela no exista una “…dependencia
especializada para realizar estudios, diagnósticos y recomendaciones en materia
de política criminal…”; ha existido desde la época de las juntas militares que
gobernaron al país hace más de sesenta años, cómo ya quedó evidenciado;
igualmente es falso que la política criminal para ser dictada deba nutrirse
meramente de datos estadísticos respecto a cuántos incurren en determinado
delito cómo pareciera afirmar la Fiscal General, dado que para dictar una
medida pública en materia de prevención del delito se requiere conocer más bién
cuál es la norma cultural que orientará precisamente esa medida de política
criminal a ser dictada o formulada. Por tanto, nos parece que esta nueva
dependencia viene a engrosar aún más la ya abultada burocracia que poseemos a
nivel nacional, y que al existir ya una dependencia cuya función es implementar
medidas de política criminal esta nueva dependencia estaría invadiendo entonces
la esfera de competencias de esa antigua Dirección de Prevención del Delito, e
incurriendo igualmente en un dispendio de recursos públicos, lesionando aún más
así nuestro ya maltratado erario público.
Somos de la opinión igualmente que la Fiscalía del
Ministerio Público bastante tiene de que ocuparse, en vez de estar indagando también
acerca de la fenomenología criminal: Crímenes atroces por doquier como decapitaciones,
descuartizamientos y
desmembramientos; linchamientos por la desesperación de la
gente al sentirse impotentes ante los embates del hampa; notorios casos de
corrupción pública; miles y miles de funcionarios públicos devengando sueldos y
salarios sin prestar servicio alguno ni cumplir horario, tráfico y distribución
de drogas…¿Quieren investigar? Investiguen entonces los innumerables casos de
la cifra negra de la criminalidad, y cuya persecución criminal deberían abrir
de oficio vía “noticia criminis” dado que tanto en las redes sociales como en
la prensa escrita circulan datos respecto a esos delitos cuya comisión no es
denunciada ante los correspondientes organismos de investigación criminal o que
siendo denunciados son desestimados hasta por la propia Fiscalía.
Caso de corrupción pública: Tercer Puente sobre el Río Orinoco |
En cuanto al hacinamiento carcelario y el retardo
procesal, son graves cuestiones a ser resueltas, indudablemente; la primera, no
sólo incrementando la capacidad de albergue del sistema carcelario sino
procurando minimizar tanto la reincidencia criminal como la comisión misma de
actos delictivos; la segunda, extendiendo a 24 horas al día los 365 días del
año el horario de actividad efectiva de los tribunales de la República así como
el de todos los factores del sistema de justicia: Fiscales, Defensores
Públicos, cuerpos policiales, etc.
De modo pues, a sabiendas que no existe esa política
criminal, deberíamos comenzar entonces por formularla; nosotros la
comenzaríamos así:
Quién llame vía telefónica debido a una emergencia
policial, debería ser atendido inmediatamente por el sistema judicial, el día
qué sea, a la hora qué sea…y que la policía esté en las calles a toda hora,
patrullando, a pie, no mediante drones ni por cámaras remotas colocadas en lo
alto de postes…y que quién delinca sepa que purgará condena sí es hallado
culpable,
y que purgando condena habrá de modificar su comportamiento pues sí reincide, purgará
una sanción adicional por haber reincidido…pero purgando “condena” en una
cárcel, en vez de estar reforzando su propia conducta desviada en un recinto
con piscinas, restaurantes y discotecas, disfrutando de la compañía de sus
compinches y exhibiendo en redes sociales su smartphone y sus armamentos, por
lo cual deberían colocar entonces bloqueadores de llamadas telefónicas en todos
los recintos, e impedirle a los reos el uso y posesión de teléfonos móviles y
computadoras, evitando así que desde el interior de esos recintos prosigan
ejecutando actividades criminales tales como extorsiones, secuestros, robos,
etc.; asimismo, para evitar que consuman drogas y alcohol dentro de las
cárceles, todo recinto carcelario debería estar provisto de sistemas electrónicos
de detección tanto de armas como de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, e incluir el uso de brigadas caninas antidrogas, evitando así tanto el ingreso de armas y drogas por parte de los visitantes, como el vejatorio examen de las partes íntimas de las mujeres que visitan a los reclusos, con exploración digital incluída, pese a que dentro de algunas cárceles los reclusos estacionan los vehículos recién robados.
En definitiva, es inexistente en Venezuela una política
criminal, un programa integral de medidas públicas en materia de prevención de
la criminalidad; existen sí programas para recrear y dar esparcimiento a las madres de los reclusos; o llevarlos en gira artística por Europa como integrantes de una sinfónica; pero no una sana medida en cuya virtud se establezca cómo ha de ser socializado todo individuo miembro de nuestra sociedad venezolana, o resocializarlo sí perturba el orden social, al incurrir en la comisión de algún delito.
No basta expresar públicamente: “Dile no a las drogas” o “No más bullying”; son
No basta expresar públicamente: “Dile no a las drogas” o “No más bullying”; son
Basura en Caracas: ¿Quién debería responder? Respuesta: El Alcalde. |
frases y expresiones carentes de todo sentido sí la
impunidad criminal es promovida por el propio Estado al no castigar oportuna y adecuadamente
a quién delinque, son simples clichés.
La política criminal
ha de ser formulada como un todo integral, que comprenda todas las incidencias
y facetas de la vida cotidiana de los miembros de una sociedad: ¿Cómo y por qué
evitar los embarazos precoces? ¿A partir de cuál edad se podrá mantener
relaciones sexuales o consumir alcohol? ¿Evitamos que determinados programas de
televisión sean transmitidos durante el día, o impediremos que sean transmitidos
a cualquier hora? ¿Legalizamos el consumo de la marihuana, pues en otros países
la consumen legalmente? ¿Permitimos el matrimonio entre humanos y animales,
pese a que en Alemania todavía el asunto está en discusión? ¿Un hombre se podrá
casar con un perro macho, o una mujer con una perra?
Cómo podremos advertir, formular una política criminal
va más allá que el de ordenar una simple razzia para exterminar unos
delincuentes que se hallen ubicados en una determinada ubicación geográfica;
tampoco podría ser formulada de modo improvisado, ni guiado por las hormonas ni por la moda del momento ni por aquellos que a cada rato y en todas partes opinan y pontifican sobre cualquier tema.
Corresponde a la sociedad formularla pero a partir de sus correspondientes
normas culturales, qué tras ser establecidas y enunciadas servirían como fundamento sobre el cuál formular entonces éstas medidas públicas de
prevención de la criminalidad. Por supuesto, mientras impere como norma el
encubrimiento y el espíritu de complicidad en una sociedad, difícilmente podría
ser formulada una adecuada y sana medida de política pública, debiendo
conformarse por las esporádicas razzias efectuadas de en vez en cuando para depurar un poco el tejido social
de la sociedad como ente, extrayendo y extirpando lo dañado y pernicioso.
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