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sábado, 16 de julio de 2016

Implementarán sistema para monitorear llamadas telefónicas de disidentes políticos recluidos en cárceles venezolanas

Implementarán sistema para monitorear llamadas telefónicas de disidentes políticos recluidos en cárceles venezolanas


  • El régimen asegura que implementará un sistema para combatir las llamadas mafias carcelarias, impidiendo la realización de llamadas telefónicas vía móviles celulares ubicados en el interior de recintos carcelarios. 
  • El régimen asegura, asimismo, que mediante el mismo sistema monitoreará las llamadas telefónicas de los recluidos en centros carcelarios; sin embargo, o las restringe e inhibe, o las permite para así monitorearlas. Son acciones antagónicas, no susceptibles de ser aplicadas las dos al mismo tiempo, al unísono.   




 Caracas, 16 de julio de 2016
  

En nota de prensa publicada por la Agencia Venezolana de Noticias, se afirma que “…activarán sistema de supervisión que inhibe señal en las cárceles…”; asimismo, que “la ministra Iris Varela señaló que se espera que la semana que viene se instale esta tecnología en la cárcel de Ramo Verde.”

Aquí la nota de prensa: 
“La ministra para el Servicio Penitenciario, Iris Varela, anunció este viernes 15 de julio el inicio de la activación del llamado Sistema Tecnológico de Seguridad Penitenciaria (Sitesep) para combatir las “mafias” en las cárceles y prevenir que los internos usen teléfonos celulares.
 “Nos permite un control absoluto de la dinámica de los recintos penitenciarios del país”, dijo la ministra y aseguró que el mecanismo capta información “en tiempo real” lo que ayudará a combatir “las mafias penitenciarias”.
 Señaló que este viernes se inicia la primera etapa que incluye la activación del centro de comando y control regional de la Gran Caracas, que “monitorea las cárceles” ubicadas en la capital del país y en zonas cercanas que representan unos diez internados.
 La ministra agregó que se espera que la semana que viene se instale esta tecnología en la cárcel de Ramo Verde, donde se encuentra preso el coordinador nacional de Voluntad Popular (VP), Leopoldo López.
 “Vamos a arrancar la próxima semana instalando el sistema de tecnología de seguridad penitenciaria en Ramo Verde, allí vamos a colocar todo este sistema de inhibidor de señal de monitoreo en tiempo real, de control”, dijo.
 Indicó que este mecanismo evitará “muchas especulaciones” porque “siempre salen algunos personajes que están privados de libertad allí a través de sus familiares a decir que le están violando sus derechos humanos pero en realidad lo que tienen es un libertinaje”.
 Asimismo, apuntó que un privado de libertad “no puede estar teniendo un teléfono celular” y “ningún privado de libertad puede sentirse con privilegios por encima de otros”.
 La ministra aseguró que en la mayoría de las cárceles los presos tienen derecho a una llamada gratuita por semana de tres minutos a sus familiares, “por supuesto que es de telefonía controlada”, y a una visita por semana.
 “Nadie puede decir que a los privados de libertad se les está incomunicando”, agregó.
 Varela dijo en diciembre que durante 2016 prácticamente la totalidad de los presos del país estará bajo “el humanitario” régimen oficial, que incluye desde evaluaciones disciplinarias hasta controles periódicos de desarme.
 Entonces estimó que en 2016 se estará “muy cerca del 100 por ciento” de la población reclusa acatando las normas de este régimen “y toda esta historia de terror en los recintos penitenciarios debe formar parte de un pasado que no puede volver”.
 La Asamblea Nacional (AN) ha señalado que desde las cárceles del país se planifican y ordenan secuestros, robos y otros crímenes y que los reclusos portan potentes armas de fuego como se ha demostrado en videos recientes que los mismos presos se han encargado de difundir.
 Según el último informe presentado en noviembre pasado por la ONG Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), más de 6.500 presos han muerto en los últimos 16 años en cárceles de Venezuela, en las que el hacinamiento supera actualmente el 190 por ciento, debido principalmente a la lentitud del sistema judicial.”

Hasta aquí la nota de prensa.

Cómo podrá ser advertido, el sistema a ser implementado pareciera tener dos objetivos muy distintos entre sí; de una parte, inhibir las llamadas celulares que pudiesen ser efectuadas o ser atendidas desde el interior de recintos carcelarios; por otra, “monitorear” las llamadas en cuanto a su contenido e intervinientes, quién llama por teléfono y a quién, qué hablan, cuánto tiempo hablan: A tales efectos activarán el llamado “Sistema Tecnológico de Seguridad Penitenciaria”, otro de los innumerables planes y programas del régimen para combatir la delincuencia.

Sin embargo, el sistema así planteado es incongruente: Sí inhibe las llamadas telefónicas efectuadas desde móviles celulares ubicados en el interior de recintos militares, ¿cómo podrán “monitorear” las llamadas telefónicas, sí éstas llamadas no podrían ser efectuadas pues estarían restringidas y bloqueadas?

Por tanto, o el sistema restringe y bloquea las llamadas telefónicas, o no restringe ni bloquea llamada telefónica alguna para así brindar al “sistema” la oportunidad de “monitorearla” y conocer así entonces el contenido de las conversaciones sostenidas con delincuentes recluidos en algún centro carcelario, cómo sería el caso de cuándo conspiran para planear secuestros, extorsiones y muertes por encargos desde las cárceles o simplemente, qué sería lo más común, para citar y darles instrucciones a las consabidas víctimas de cómo deben ser efectuados los respectivos pagos para recuperar vehículos y hasta familiares o allegados secuestrados.       

No obstante, en la Venezuela de lo posible, el sistema a ser implementado ejecutará al unísono las dos acciones antagónicas: Inhibirá y restringirá las llamadas telefónicas efectuadas desde celulares ubicados en el interior de recintos carcelarios; y, al mismo tiempo que las inhibe y restringe, permitirá “monitorearlas” para  “…captar información “en tiempo real” (para) combatir “las mafias penitenciarias.”

Por lo tanto, hemos de acotar dos cuestiones: La primera de tales acotaciones consiste en que resultaría más adecuado, idóneo y eficiente colocar en las azoteas de cada recinto carcelario la antena de un simple aparato electrónico cuya función consista en bloquear llamadas por teléfono móvil celular.

En efecto,  “…un bloqueador de llamadas por teléfono celular, es un instrumento que impide recibir señales de teléfono celular desde la estación base. Cuando se utiliza, el bloqueador desactiva efectivamente los teléfonos celulares. Estos dispositivos se pueden utilizar en cualquier lugar, pero se utilizan principalmente en lugares o recintos dónde están restringidas las llamadas telefónicas, para no perturbar actividades por el ruido como en escuelas u hospitales, o para evitar comisión de crímenes como sería el caso de las cárceles y otros establecimientos penitenciarios.” Esta información se encuentra en Wikipedia, la enciclopedia universal cibernética; también puede descargar esa información bajo formato electrónico haciendo clic aquí, respecto a un artículo en cuya edición participamos nosotros hace un par de años; pero sí de veras busca adquirir el dispositivo, hasta navegando por Internet conseguirá infinidad de proveedores…  

La segunda de tales acotaciones es respecto a que el sistema así propuesto constituye una evidente desviación de poder; me explico, estaríamos en presencia de un acto viciado y afectado por desviación de poder cuándo a través de ese acto se encubre bajo la apariencia de un manto de legalidad un acto ilegal, pues aún cuándo a través del acto se ejerce una atribución o facultad legalmente atribuida se desvía ese ejercicio hacia fines u objetivos distintos a los legalmente perseguidos, encubriendo esa irregularidad en el aspecto formal del acto ejecutado, invalido materialmente por nulo; en el caso de marras, el órgano ministerial quizás tenga competencia tanto para bloquear e inhibir llamadas desde móviles celulares ubicados en el interior de centros carcelarios, y hasta competencia para “monitorear” las conversaciones sostenidas vía telefónica por individuos recluidos en centros carcelarios. Pues bién, el sistema propuesto esta viciado por desviación de poder por cuanto pareciera estar dirigido específicamente para “monitorear” las llamadas telefónicas de Leopoldo López, el opositor político recluido en la cárcel militar de llamada “Ramo Verde”, ubicada en las cercanías de la Gran Caracas, pues así expresamente lo afirma la ministra:
“…Se espera que la semana que viene se instale esta tecnología en la cárcel de Ramo Verde, donde se encuentra preso el coordinador nacional de Voluntad Popular (VP), Leopoldo López.”

Ahora bién, ¿por qué es “desviación de poder”? Para que el acto administrativo carezca de vicios, el sistema propuesto debería ser aplicado sin discriminación alguna en todos los recintos carcelarios del país, o se bloquean, restringen e inhiben en todas las cárceles del país “todas” las llamadas que puedan ser efectuadas mediante móviles celulares, pero sólo pareciera que le aplicarán la medida al ya señalado preso político, Leopoldo López; o se “monitorean” todas las llamadas telefónicas efectuadas vía móviles celulares ubicados en centros carcelarios, sin excepción alguna, no sólo aquellas en las que intervenga como interlocutor el ya nombrado disidente político, Leopoldo López. 

¿Por qué es desviación de poder? Por cuanto para nadie es un secreto que desde el interior de las cárceles las mafias carcelarias manejan y controlan su imperio criminal, ordenando ejecutar asesinatos, secuestros y extorsiones, así como igualmente para hacer alarde hasta en las distintas redes sociales de su malhabido poder: Fiestas, celebraciones, posesiones materiales, poder de fuego…

Entonces, ¿para que cebarse sobre un dirigente político que purga condena en una cárcel?  ¿Se combatirá acaso a las mafias carcelarias escuchando y monitoreando las conversaciones telefónicas de Leopoldo López?


Estamos en presencia entonces de una errada medida de política criminal, no sólo por incongruente dada la imposibilidad material de implementar en un sistema dos funciones antagónicas, o se restringe y bloquea cómo ya expresáramos –colocando una “antenita” en las azoteas de las cárceles-, o se monitorean las llamadas que sean efectuadas desde móviles celulares ubicados en el interior de centros carcelarios; sino también por estar viciada de ilegalidad, dado que constituye una desviación de poder implementar un sistema sólo para monitorear las llamadas telefónicas de los presos políticos del régimen, en vez de extender la aplicación de esa medida a todos quienes estén recluidos en centros carcelarios, sin discriminación ni excepción alguna.    


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