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viernes, 25 de abril de 2014

España: Condenados por delitos sexuales impedidos de trabajar con niños


El Gobierno impide que los condenados por delitos sexuales puedan trabajar con niños

La Ley de Protección a la Infancia obligará también a que quienes conozcan abusos contra un menor tengan que denunciarlos ante el Ministerio Fiscal y priorizará las medidas de acogimiento familiar frente al residencial

PAULA DÍAZ Madrid 25/04/2014 16:34 Actualizado: 25/04/2014 19:02
 
Siguiendo con la táctica de evitar medidas polémicas en plena campaña electoral, el Gobierno ha aprobado hoy la reforma de la Ley de Protección a la Infancia, que según su impulsora, Ana Mato, cuenta con el "consenso de todas las administraciones públicas y entidades sociales especializadas en derechos de la infancia".

La titular de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad así lo ha manifestado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha explicado las principales medidas recogidas en la normativa que convertirá a España "en el primer país en incorporar al ordenamiento jurídico la defensa del interés superior del menor", incidió también la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría.

Así, a partir de ahora, "se establece como requisito indispensable no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata o explotación de menores para acceder a profesiones que conlleven un contacto habitual con niños", anunció Mato. Es decir, que un pederasta no podrá ejercer de profesor -al menos con menores de edad- porque, según explicaron fuentes de su departamento, ahora se podrán testear los currículums de los candidatos a estos puestos laborales con las bases de datos de delicuentes, por ejemplo. El Gobierno adopta así, con cuatro años de retraso, lo establecido en el Convenio de Lanzarote del Consejo de Europa para la protección de los niños, ratificado por España en 2010.

Además, "las autoridades públicas, funcionarios y profesionales que conozcan abusos contra un menor en el ejercicio de sus funciones estarán obligados a ponerlos en conocimiento del Ministerio Fiscal". Si no lo hacen, podrán concurrir en un "delito de omisión" de socorro. Esta medida trata de evitar casos como el recientemente ocurrido en el colegio Valdeluz de Madrid, en el que la denuncia de una menor por los presuntos abusos de su profesor llegó hasta los servicios sociales de la Comunidad sin que al parecer eso le fuera de gran ayuda. A día de hoy el juez aún trata de dilucidar si el inspector que fue informado trató de disuadir a las víctimas de la denuncia o no.

Asimismo, los anteproyectos de Ley Orgánica y de Ley de Protección a la Infancia aprobados hoy y que modifican otras 13 normativas (el Código Civil, la ley de enjuiciamiento criminal, la de violencia de género y la de protección jurídica del menor, entre otras) establecen la "posibilidad" de que el juez prohíba la aproximación del acosador al menor y a su domicilio o colegio y todo tipo de comunicación con ellos ni por contacto "escrito, verbal o visual" con el niño.  Que incluso los menores de 12 años -"siempre que tengan madurez suficiente"- tengan derecho a ser "oídos y escuchados" en un juicio y evitar su "victimización secundaria" sin obligarles a declarar más de una vez cuando son víctimas o testigos de algún delito son otras de las medidas incluidas en el plan. Se hace efectivo también el tratamiento de víctimas de violencia de género de los hijos de las mujeres maltratadas y, como tal, se favorece que puedan permanecer con sus madres.

Acogimiento familiar vs. institucional

Por otro lado, el departamento de Mato ha reforzado las garantías de los procesos de acogimiento y adopción con el fin de evitar la cronicidad de situaciones en las que los menores permanecen bajo guarda o tutela de las administraciones públicas, muchas veces, hasta los 18 años. En 2012, más de 35.000 menores se encontraban en esta situación: "más de 21.000 en acogimiento familiar, pero 14.000 en residencias", lamentó la ministra.

Por ello, en los procesos de acogimiento y adopción primarán ahora "las soluciones estables frente a las temporales, las familiares frente a las residenciales, las consensuadas frente a las impuestas y las nacionales frente a las internacionales", resumió la ministra.

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Fuente:  http://www.publico.es/actualidad/516754/el-gobierno-impide-que-los-condenados-por-delitos-sexuales-puedan-trabajar-con-ninos

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